¿Para cuándo las elecciones comunales?

La Legislatura deberá establecer, en el curso de la semana próxima, el calendario electoral para este año, como así también la fecha definitiva de los comicios de autoridades comunales.

En la sesión del próximo jueves, los diputados porteños deberán tratar en el recinto un proyecto que propone una modificación a la ley 3233, de convocatoria a elecciones comunales,  y definir si se llamará a los vecinos a las urnas tanto para elegir al jefe de Gobierno, su vice y diputados con el de autoridades de las 15 Comunas.

La propuesta de reforma fue presentada por el bloque oficialista, y está fundamentada en la reducción de la cantidad de elecciones dentro del calendario porteño, que prevé seis domingos de votación. La iniciativa, genera desacuerdos de parte de las bancadas  opositoras respecto a la eliminación de la fecha del 5 de junio como jornada de comicios de Comunas.

Ese día fue elegido por los propios diputados en octubre del 2009, cuando la Justicia porteña, en base a un amparo motorizado por organizaciones barriales, exhortó al Poder Legislativo a poner una fecha para que sean proclamadas las autoridades de las juntas comunales, tal como está previsto en la Constitución local desde 1996.

A este planteo, se sumó el viernes pasado una acordada del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en la cual instó a la administración de Mauricio Macri a iniciar el proceso electoral de Comunas con vistas al 5 de junio, que contempla la publicación de los padrones previsionales 90 días antes de la jornada electoral, esto es, el pasado 4 de marzo.

Según el texto que lleva la firma de Luis Francisco Lozano y los señores Jueces Alicia E. C. Ruiz, José O. Casás y Ana María Conde, se requerirá al GCBA «la instrumentación de la exhibición de las listas provisionales de electores nacionales y extranjeros —y la publicidad pertinente a ese fin—, en la web del Gobierno de la Ciudad, en los Centros de Gestión y Participación, y en cualquier otro lugar que considere apropiado a esos fines».

De acuerdo a  lo establecido, se solicitará al Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires «la habilitación de una cuenta corriente a la orden del Tribunal en el Banco de la Ciudad, en la que se depositarán únicamente los fondos aplicables al proceso electoral. Como anticipo el Tribunal deberá disponer de la suma de pesos tres millones quinientos mil ($3.500.000).»

Según el calendario presentado, el gobierno de la ciudad debío haber iniciado el sábado pasado la exhibición del padrón provisorio con vistas a los comicios de las autoridades de las 15 comunas porteñas y el 16 de abril vencería el plazo de registro de candidatos.  Pero, a consecuencia de que el plazo establecido por el TSJ cayó en fin de semana, la exigencia se postergó automáticamente al primer día hábil siguiente, que, contando los feriados de carnaval del lunes y martes, será el miércoles 9, a tan sólo 24 horas antes de la sesión de la Legislatura.

De manera que el Gobierno porteño, con un día de mora, aguardará el tratamiento del proyecto del legislador del PRO Martín Ocampo que cambia el primer artículo de la ley 3233 y sostiene que se llame a los comicios para las autoridades comunales «conjuntamente con la convocatoria a elecciones de jefe/a de Gobierno, Vicejefe/a de Gobierno», y que se estima será aprobado sin inconvenientes.

No obstante, dando cumplimiento al tiempo establecido y según la función que le fue encomendada dentro del marco del “Convenio de Colaboración” suscripto el 27 de febrero de 2007 entre el Poder Judicial de la Nación —representado por la Cámara Nacional Electoral y el Juzgado Federal Electoral de la Capital Federal— el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y el propio Tribunal, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad publicó la Acordada Electoral n° 1/2011 en la que establece el cronograma electoral previsto para la elección de autoridades comunales del próximo 5 de junio.

Según este cronograma, el 16 de abril vence el plazo de registro de candidatos para la elección de autoridades comunales en la Ciudad.


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