La Ley de Medios es constitucional
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictaminó la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual cuestionada por el Grupo Clarín.
La ley fue aprobada en 2009 por el Congreso, pero una medida cautelar otorgada a Clarín dejó sin efecto dos de sus artículos, el 45 y el 161, que regulan las transferencias de licencias y los plazos de aplicación de la norma.
Los jueces Ricardo Lorenzetti, Eugenio Zaffaroni, Enrique Petracchi y Elena Highton de Nolasco votaron a favor de la constitucionalidad total de la normativa. En tanto, los ministros Carlos Maqueda y Carmen Argibay votaron la constitucionalidad parcial de la ley y el único voto en contra por inconstitucionalidad fue el del juez Carlos Fayt.
De esta forma y tras cuatro años de demora, la Corte Suprema resolvió a favor de la constitucionalidad de la ley.
Los artículos cuestionados por el Grupo Clarín eran el 41, que establece que las licencias son intransferibles; dos apartados del 45, que fijan un límite a la cantidad de licencias concentradas; el 48, que descarta la figura de un «derecho adquirido» por parte de las empresas que tienen más licencias de las permitidas y el 161, que da un año de plazo para que aquellos que tengan que adecuarse a la ley.
Cronología del recorrido de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
– 1 de marzo de 2009: la Presidenta anunciaba ante la Asamblea Legislativa el envío al Congreso de un proyecto para sustituir la Ley 22.285 de Radiodifusión creada por la dictadura militar en 1980.
– 18 de marzo de 2009: la Presidenta presentaba el anteproyecto de la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que se debatiría en los Foros Participativos de Consulta Pública que se desarrollaron en todo el país.
– 6 de abril de 2009: comenzaban en todo el país los foros que debatieron la propuesta.
– 28 de agosto de 2009: la Presidenta presentaba el proyecto de ley.
– 31 de agosto de 2009: la Cámara de Diputados iniciaba el tratamiento de la iniciativa.
– 8 de septiembre de 2009: comenzaban en el Congreso las audiencias orales y públicas para debatir la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
– 17 de septiembre de 2009: la Cámara de Diputados aprobaba la ley.
– 24 de septiembre de 2009: el Senado comenzaba a analizar la ley.
– 10 octubre 2009: es sancionada la ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.
– 26 de octubre 2009: el grupo Clarín acudió a la Justicia planteando la inconstitucionalidad de los artículos 41 y 161 de la ley.
– 15 de diciembre 2009: el juez Edmundo Carbone dictó una medida cautelar contra la aplicación de los artículos 41 y 161 de la ley de medios al Grupo Clarín, y dejó en suspenso la obligación de desprenderse de algunas licencias para adecuarse a la ley que debía realizarse en un año desde su promulgación, en septiembre de 2010.
– El Estado Nacional apeló la medida ante la Sala Uno de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, la que confirmó la medida sólo respecto del artículo 161 de la ley 26.522.
– 5 de octubre 2010: el Estado Nacional interpuso un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia, el cual fue desestimado por falta de sentencia definitiva.
– 9 de noviembre 2010: el Juez de primera instancia desestimó la fijación de un plazo, pero luego la Cámara de Apelaciones, mediante sentencia del 12 de mayo de 2011 impuso un plazo de 36 meses para la vigencia de la cautelar presentada por Clarín, contados desde la notificación de la demanda.
El Estado Nacional interpuso un recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presentación de la queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación solicitando la revocación de la cautelar.
– 19 de diciembre 2011: el Procurador General de la Nación, Esteban Righi, emitió su dictamen en el que se pronunció por la revocación de la medida cautelar.
– 22 de mayo 2012: ante la excesiva extensión que tomó la vigencia de la medida cautelar, la Corte Suprema de Justicia decidió poner el 7 de diciembre de ese mismo año como límite a la cautelar presentada por Clarín.
– 14 de noviembre 2012: el Congreso sancionó el per saltum, mecanismo que permite elevar determinadas causas conflictivas y/o consideradas como de «gravedad institucional» directamente a la Corte Suprema para su resolución.
– 29 de noviembre 2012: el Grupo Clarín volvió a pedir una medida cautelar cuando se acercaba el 7 de diciembre, pero la Corte declaró «inadmisible» esa solicitud.
– 6 de diciembre 2012: un día antes de la fecha fijada por la Corte Suprema para el vencimiento de la cautelar que beneficiaba al Grupo Clarín, los jueces Francisco de las Carreras y Susana Najurieta, de la Sala 1 de la Cámara Civil y Comercial Federal, extendieron la medida cautelar que mantenía suspendido el artículo 161 de la Ley de Medios «hasta que se dicte una sentencia definitiva en la causa».
– 10 de diciembre 2012: el Estado Nacional pidió a la Corte Suprema el per saltum, que fue rechazado por «improcedente» al no haber sido interpuesto por un juez de primera instancia.
– 14 de diciembre 2012: el juez federal del Juzgado 1 en lo Civil y Comercial, Horacio Alfonso, declaró constitucionales los artículos de la Ley que habían sido cuestionados por el Grupo Clarín, resolviendo así sobre la llamada «cuestión de fondo» y dejando sin efecto todas las medidas cautelares anteriores.
– 2 de julio 2013: tras un nuevo revés judicial para la norma, la Corte Suprema de Justicia envió a la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, la causa por la Ley de Medios para que emita opinión sobre la declaración de una inconstitucionalidad parcial decretada por la Cámara Civil y Comercial Federal.
– 12 de julio 2013: Gils Carbó se pronunció a favor de la constitucionalidad de la ley y aconsejó a la Corte Suprema que revoque el fallo de la Cámara Civil y Comercial que declaró inconstitucionales parte de los artículos 45 y 161 por «evidenciar graves defectos de fundamentación y razonamiento que impiden considerarla como acto jurisdiccional válido».
– 14 de agosto 2013: la Corte convocó a la audiencia pública el 28 de agosto para profundizar el análisis de la Ley, antes de emitir un fallo que avale o declare inconstitucional los artículos que todavía permanecen suspendidos.
– 28 y 29 de agosto 2013: la Corte Suprema de Justicia realizó una audiencia pública en la que escuchó los argumentos de las partes.
– 29 de octubre 2013: la Corte Suprema de Justicia declaró la constitucionalidad de la ley de Medios.
Fuente: Télam