Postergaciones de una ley que beneficia la democracia participativa
La ley de Comunas es la número 1.777 y fue aprobada en 2005, pero la Constitución porteña, aprobada en 1996, había dejado taxativamente establecido, en la cláusula transitoria 17, que la primera elección de los comuneros debía hacerse en un plazo no menor de cuatro años ni mayor de cinco, contados desde la sanción de la misma.
Ningún jefe de Gobierno por su propia voluntad, desde que asumió el primero que fue Fernando De la Rúa, en agosto de 1996, llamó a elección de comuneros.
Durante los años 2002 y 2003, los vecinos, organizados en distintas agrupaciones, comenzaron a reclamar la sanción de la ley y a comienzos de 2004, con la Legislatura renovada, la Comisión de Descentralización comenzó a recorrer los distintos barrios para escuchar las propuestas de los vecinos.
En 2005 se sancionó la ley de organización del sistema, que fijó el número y los límites de las comunas.
En 2007 la Legislatura convocó a elecciones para agosto de 2008, pero no estuvieron listos a tiempo los padrones y todo quedó en la nada.
Fue el Superior Tribunal de Justicia de la ciudad que obligó al Ejecutivo y al Legislativo porteño a establecer una fecha para la realización de los comicios.
Finalmente, el 31 de marzo de este año, la Legislatura de la Ciudad aprobó en forma unánime la unificación de los comicios comunales con los de jefe de gobierno y legisladores.