Aborto No Punible en la Ciudad
A seis meses del fallo de la Corte Suprema que habilitó el aborto no punible en casos de violación, la Ciudad de Buenos Aires reglamentó el procedimiento para la interrupción de embarazos en los casos contemplados por la ley.
La resolución 1.252 fue firmada el jueves por el ministro de Salud porteño, Jorge Lemus. La norma establece los pasos a seguir para los casos en los que una mujer busque abortar porque corre peligro su salud o porque fue víctima de una violación.
Para los casos de personas que hayan quedado embarazadas por un abuso sexual, el gobierno porteño aclara que deberá realizarse con una denuncia policial o una declaración jurada «sin necesidad de requerir autorización judicial» dentro «del límite gestacional de doce (12) semanas, con el correlato ecográfico correspondiente».
A diferencia de otros distritos, la Ciudad requerirá que en los casos de mujeres discapacitadas o menores de edad sean informadas «las personas que por ley ejerzan su representación legal».
En tanto, «en los supuestos de peligro para la vida o la salud de la mujer embarazada», la normativa establece que se requerirá «el consentimiento informado» de la afectada o de su representante legal. Se requerirá además que el riesgo de vida sea «diagnosticado por el profesional interviniente», estableciendo que «este peligro no pueda ser evitado por otros medios».
Por otra parte, la normativa establece que «los profesionales de la salud tienen derecho a ejercer su objeción de conciencia respecto de la práctica médica» y «no serán pasibles de sanción laboral de ningún tipo», garantizando «la confidencialidad de la identificación de los médicos».
El 13 de marzo pasado la Corte ratificó que no son punibles los abortos en casos de violación y sentó un precedente en una materia que suele despertar polémica. En esta oportunidad, liberó de sanciones a una adolescente de 15 años abusada por su padrastro.
El máximo tribunal resolvió por unanimidad que las mujeres violadas, sean normales o insanas, podrán practicarse un aborto sin necesidad de autorización judicial previa ni temor a sufrir una posterior sanción penal. También estará exento de castigo el médico que practique la intervención.
La sentencia, que sentó importante jurisprudencia en un tema que despierta debates, se dictó en el caso de una adolescente de 15 años que había sido abusada por su padrastro, un oficial mayor de la policía de Chubut. En 2010, la joven se sometió a la operación y fue eximida de pena por el Superior Tribunal de esa provincia. Dos años después, la Corte Suprema, que preside Ricardo Lorenzetti, confirmó la decisión.
Repercusiones
La diputada María Elena Naddeo, presidenta de la Comisión Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud de la Legislatura porteña, criticó la resolución del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por considerarla un «grave retroceso» y un «instrumento para obstaculizar» la realización de abortos no punibles.
«Es sumamente negativa la decisión que tomó el gobierno de la Ciudad en firmar esta resolución cuando ya tenemos dos despachos tramitando en las comisiones legislativas. Es una maniobra del Ejecutivo, cuando vio que el despacho de la oposición logró unificar distintas posturas», dijo Naddeo, del Frente Progresista y Popular.
Para la legisladora, la resolución que se conoció hoy limita las intervenciones en caso de violación al límite gestacional de 12 semanas, con lo cual restringe «muchísimo» la posibilidad de la práctica del aborto.
«Hay jovencitas, más cuando tienen algún problema mental, que lo detectan en estado más avanzado y no en las primeras semanas de gestación», dijo la diputada y consideró que «esta resolución retrocede frente al fallo de la Corte Suprema de Justicia. En primer lugar porque agrega instancias de intervención que pueden alargar la decisión de realizar el aborto».
«Otro tema grave es que incorpora la propuesta que a las mujeres jóvenes víctimas de violación se les debe brindar, entre otras cosas, la posibilidad de tramitar la adopción del concebido. Esto está incentivando u orientando la labor de los equipos en esa dirección», dijo la diputada.
El fallo de la Corte y el dictamen de la oposición que hoy tramita en la comisión Mujer de la Legislatura no establecen la edad de las jóvenes ni un límite en el tiempo para practicar el aborto en estos tres casos: de violación, riesgo grave para la salud y para la vida.