Advertencia de la CIDH sobre derechos territoriales
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su inquietud respecto a recientes decisiones administrativas en Argentina que podrían comprometer los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras y recursos naturales.
En su comunicado, la CIDH instó al Estado argentino a cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de derechos indígenas, enfatizando la necesidad de considerar el reconocimiento de las personerías jurídicas y la titulación de tierras de las comunidades indígenas en sus decisiones administrativas. Este llamado busca garantizar el respeto al derecho a la libre determinación de estos pueblos.
El 30 de septiembre el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) suspendió las solicitudes de personería jurídica de las comunidades indígenas que se encuentran en trámite en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (RENACI). Esta resolución fue adoptada sin la participación previa de los pueblos afectados. La suspensión de este registro impacta a al menos 250 de las 1881 comunidades indígenas reconocidas oficialmente. Esto representa aproximadamente el 47% de las comunidades que aún no han realizado el levantamiento territorial pertinente.
Si bien la información proporcionada por el Estado indica que la suspensión del Registro no afectaría el relevamiento territorial de las comunidades indígenas, y que hasta la fecha se han suscrito convenios con 11 de las 24 jurisdicciones nacionales, con el propósito de gestionar localmente las personerías jurídicas de las comunidades.
Para muchas de estas comunidades, la personería jurídica no es solo un trámite administrativo; es un medio esencial para acceder a derechos fundamentales, defender su territorio y preservar su cultura, por lo que esta propuesta ha sido recibida con escepticismo.
En este sentido, el INAI hizo un llamado a los gobiernos locales a crear registros propios, una medida que podría ser vista como una transferencia de responsabilidad hacia las provincias. No obstante, la falta de consulta a los pueblos indígenas en el diseño e implementación de estas políticas resulta particularmente preocupante. Los líderes indígenas enfatizan que la inclusión de sus voces es fundamental en cualquier proceso que busque reconocer y salvaguardar sus derechos.
Este escenario se inscribe en un contexto más amplio de retrocesos en el reconocimiento de los derechos territoriales indígenas en Argentina. En los últimos meses, se han reportado desalojos forzosos en provincias como Jujuy, Río Negro y Chubut, a pesar de la existencia de la Ley de Emergencia Territorial, que prohíbe tales acciones hasta noviembre de 2025. La contradicción entre las promesas de protección y la realidad que enfrentan muchas comunidades genera un clima de tensión y desconfianza hacia las instituciones estatales ante la creciente violencia institucional y estigmatización a líderes e integrantes de comunidades indígenas. Entre estos hechos, se destaca el homicidio de Juan Carlos Villa, miembro de la comunidad mapuche, perpetrado el 11 de agosto pasado por parte de un agente de las fuerzas de seguridad en la provincia de Río Negro. Además, se han registrado declaraciones estigmatizantes de autoridades nacionales que desconocen los derechos culturales y espirituales de estas comunidades.
La CIDH reiteró que, conforme al orden público interamericano, los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación mediante el autorreconocimiento individual y colectivo, el derecho de asociación conforme a su cosmovisión y libres de violencia y discriminación. Este derecho es esencial para su desarrollo autónomo e implica el reconocimiento de sus tierras, territorios y recursos naturales como sujetos colectivos de derechos.
Por ello, insta al Estado argentino a implementar mecanismos administrativos eficaces para proteger los derechos territoriales de los pueblos indígenas, como el reconocimiento de personalidad jurídica y la restitución de tierras, garantizando la consulta y consentimiento libre, previo e informado, respetando la identidad cultural, espiritualidad y promoviendo relaciones interculturales armónicas.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.