¿Cómo sacarle la picana a Macri?
El Observatorio de Derechos Humanos de la Ciudad (ODH) presentó un recurso de amparo ante la justicia porteña (Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario n° 6, a cargo de la Dra. Patricia G. López Vergara) solicitando que se impida la utilización de las armas Taser por considerarlas un elemento de tortura.
La noticia dada a principios de mes (ver nota VAS del 04/02/10) de que el Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, había dispuesto la compra de este tipo de armamento para la flamante Policía Metropolitana, pese al fuerte rechazo por parte de amplios sectores de la sociedad civil y organizaciones defensoras de los DDHH, hizo que el ODH realizara la presentación judicial el lunes 22 de febrero de 2010.
¿Qué es y cómo funcionan las armas Taser?
El arma Taser X26 es un inmovilizador temporal disuasivo que utiliza un cartucho reemplazable de nitrógeno comprimido para disparar a presión dos dardos que quedan unidos al arma por dos cables conductores aislados de hasta 7.6 metros. A continuación, el Taser X26 transmite pulsos eléctricos a través de los cables hacia el cuerpo inmovilizando las funciones sensoriales y motoras del sistema nervioso periférico y paralizando temporalmente a la persona. La energía puede penetrar hasta cuatro centímetros de ropa, dos centímetros por dardo.
¿Cómo llegaron las Taser a la Policia Metropolitana?
La Resolución 1049/MJYSGC/2009, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el de Especificaciones Técnicas para la adquisición de armamento destinado a la Policía Metropolitana. Entre el armamento especificado se encuentra aquel de “baja o nula letalidad” habiéndose autorizado la adquisición de setenta y dos armas; cuarenta y dos de ellas de marca Pepper Ball y treinta de marca Taser X26 y mediante la Resolución 20/MJYSGC/2010 el GCBA autorizó la contratación directa para la adquisición de armas denominadas “no letales” con destino a la Policía Metropolitana, entre ellas cinco dispositivos Taser X26, cuya comercialización es exclusiva de la firma Buccello y Asociados S.R.L.
¿Qué dice el amparo?
Que deben protegerse la vida, integridad física y salud de todas las personas que se encuentran en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, en tanto pueden ser pasibles del accionar de las fuerzas de seguridad de la Ciudad, en lo que se refiere a las llamadas “armas no letales Taser X26”, las cuales provocan un dolor intenso y constituyen elementos de tortura conforme el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas. En tal sentido, en el ámbito internacional ya se ha advertido sobre la peligrosidad que comporta el uso de armas eléctricas, que pueden causar la muerte de personas, que han padecido enfermedades cardíacas.