La Corte Suprema a favor de la picana Táser
La Corte Suprema de Justicia (CSJN) desestimó un recurso para que desde ese máximo tribunal se impidiera la compra y el uso de las pistolas Táser x 26 por parte de la Policía Metropolitana.
La Corte desestimó el recurso de queja, presentado por el Observatorio de Derechos Humanos de la Ciudad (ODH), que objetaba la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.
El amparo sostiene que el uso de esas armas es «de extrema peligrosidad, al punto de constituir una tortura y compromete los derechos de las personas a la vida, la salud y la integridad física».
El Observatorio de Derechos Humanos de la Ciudad de Buenos Aires (ODH) presentó un recurso ante la Corte Suprema, que fue rechazado por “inadmisible”. Este organismo emitió un comunicado de prensa donde repudia el fallo y denuncia que la Corte Suprema de Justicia de la Nación “eligió desentenderse en la causa “Táser”, avalando que la Policía Metropolitana pueda torturar a las personas”.
“Con una celeridad asombrosa (la Corte), prefirió no analizar el Recurso de Queja presentado por el ODH junto a la Defensoría General, declarándolo inadmisible en su primera intervención. Ante la gravedad institucional que significa la posibilidad de que el Estado autorice la tortura, esta actitud procesal, redunda en un fallo político lamentable al permitir la legalidad de un daño a la integridad física de las personas”, señala el comunicado.
Desde el ODH y dessde el Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad se alertó sobre el peligro que significa el uso de pistolas eléctricas. En 2010 interpusieron una acción de amparo para evitar que la Policía Metropolitana use las neopicanas Táser: Denunciando y probando que estas armas (Táser X26) son un elemento de tortura y que en casos de imposible previsión, pueden causar la muerte de las personas. Desde entonces, hubo tres sentencias, de dos instancias diferentes, que dieron la razón a este planteo. Sin embargo, en 2015, el Tribunal Superior de la Ciudad falló a favor del Gobierno porteño, permitiendo a la policía salir con elementos de tortura a la calle.
La presentación del ODH ante la Corte fue acompañada por diferentes organizaciones que se presentaron como Amigos del Tribunal (Amicus Curiae), hecho que reforzaba la necesidad de un amplio tratamiento de los argumentos por parte del Máximo Tribunal. Amnistía Internacional, Unión de Trabajadores de la Educación (UTE – CTERA), Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, Agrupación HIJOS, Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), APDH, Comunidad Homosexual Argentina (CHA), ATE, Abuelas de Plaza de Mayo, Comité para la Defensa de la Salud, la Ética Profesional y los Derechos Humanos (CODESEDH), CEPRODH, Asociación Americana de Juristas y Defensoría del Pueblo de la Ciudad, entre otros organismos, habían solicitado que su voz sea escuchada. “El oscurantista fallo de la Corte prefirió el silencio”, señala el comunicado del Obsertorio y enfatiza: “La tortura con picana en un sótano de una comisaría es tan violatorio del derecho a la integridad física como la descarga eléctrica provocada por una moderna Táser X26 en una manifestación. Las Táser son un elemento de tortura por el intenso dolor que generan, hecho corroborado por el Comité contra la Tortura de la ONU y por Amnistía Internacional”.
“Ante este fallo vergonzoso, agotadas las instancias judiciales en el país sin que se haya hecho Justicia, analizaremos los pasos a seguir para hacer valer nuestros derechos ante las instancias internacionales correspondientes, a fin de poner un freno a la violación de los Derechos Humanos. No podemos permitir que se vuelvan a utilizar las picanas eléctricas en la Argentina”, finaliza el comunicado de prensa.