La Justicia tras el derrumbe
El 4 de noviembre de 2011, pasadas las 20.30 hs., se derrumbaban dos cuerpos de los cuatro que tenía el edificio situado en calle Bartolomé Mitre 1232. En un abrir y cerrar, esa noche, de ojos 30 familias se quedaron prácticamente con lo puesto. Isidoro Madueña, un hombre de 70, estaba dentro del edificio y debido a un problema hipoacústico, no alcanzó a escuchar alarma del encargado y no pudo abandonar el lugar. Murió durante el colapso del inmueble, su cuerpo fue hallado entre los escombros tres días después
Al lado del inmueble afectado se realizaba una obra. El motivo del derrumbe fue la profunda excavación que se hacía en el terreno lindante al edificio que, por el tipo de construcción y la época en que fue erigido, no tenía cimientos los suficientemente profundos. Tras cinco largos años, falló la Justicia. Esta tarde la Cámara Nacional en lo Criminal confirmó los procesamientos de los responsables de las obras en construcción. La resolución de la Sala IV de la Cámara alcanzó a Ezequiel Mariano Rivarola y Susana Verónica Lauría procesados por “estrago culposo agravado” por la muerte de una persona. Según el tribunal, las deficiencias y negligencias en las obras vecinas al edificio de 10 plantas ubicado en Bartolomé Mitre 1232, provocaron su derrumbe parcial del edificio. Los inculpados quedaron en camino a un juicio oral, con posibles penas de entre 8 y 20 años de cárcel.
De acuerdo a los peritos, el edificio se desmoronó por fallas estructurales en la construcción contigua, ubicada en Bartolomé Mitre con las numeraciones 1218, 1220, 1222 y 1224. Los camaristas Carlos Alberto González y Alberto Seijas destacaron las fallas en las tareas de excavación y submuración. «La falta de correspondencia entre la dimensión de los pozos efectuados y aquella que determina como máxima el Código de Edificación (dos metros) se acredita objetivamente a través de las impresiones referidas como también mediante los testimonios de quienes se encontraban presentes en el predio y pudieron observar su estado en momentos anteriores al colapso del edificio lindero», explica el fallo.
“El director de obra cumple una función esencial pues tiene a su mando, precisamente, coordinar y controlar a todos los encargados de llevar a cabo las tareas”, acotaron los camaristas.
“Ese control –expuso el tribunal- debía concretarse en forma extremadamente minuciosa y permanente, pues el edificio lindero tenía una antigüedad mayor a 80 años, su altura era considerable y no se habían podido obtener sus planos municipales”.
Rivarola “pocas horas antes del derrumbe se hizo presente en la obra y lejos de censurar lo que se había hecho, procedió a su aprobación”, consignó la resolución de segunda instancia.
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