Limitan el acceso a la información pública

Este lunes, el Boletín Oficial publicó una nueva reglamentación de la Ley Nº 27.275 de Acceso a la Información Pública. La normativa, que lleva la firma del presidente Javier Milei y el jefe de gabinete Guillermo Francos, tiene como objetivo centralizar el derecho a «buscar, acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir» libremente la información que los organismos del Estado custodian y que es financiada con fondos públicos. Sin embargo, la recepción de estas disposiciones ha sido controvertida.

Tras su publicación, un cúmulo de organizaciones de la sociedad civil y periodistas han criticado esta nueva reglamentación, no solo por las contradicciones que plantea en términos legales, sino también por la percepción de que representa una restricción al derecho fundamental de acceso a la información pública. Este derecho es clave para la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública, permitiendo que los ciudadanos tengan acceso a datos sobre cómo se manejan los recursos del Estado.

La Ley 27.275, en su artículo segundo, establece que «se presume pública toda información que generen, obtengan, transformen, controlen o custodien los sujetos obligados», que se refiere a los organismos estatales y aquellos que reciben financiamiento público. Sin embargo, la nueva reglamentación introduce limitaciones que podrían obstaculizar el ejercicio de este derecho.

Una de las modificaciones más significativas es la exclusión de datos que contengan «naturaleza privada» o que carezcan de «un interés público comprometido». Esto implica que la Agencia de Acceso a la Información Pública tiene la facultad de denegar solicitudes de información si considera que no se justifica el interés público. Esta postura directamente contradice el artículo cuarto de la ley original, que aclara que no es necesario demostrar un interés particular para acceder a la información pública.

Además, se ha restringido la definición de “documento”, excluyendo deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo de la consideración de «carácter público». Esta limitación resulta preocupante, ya que podría ocultar procesos administrativos que son fundamentales para la transparencia gubernamental.

Otro punto de controversia radica en la ampliación de las excepciones bajo las cuales un organismo puede negarse a proporcionar información. Mientras que la ley original permitía estas excepciones en situaciones que pongan en riesgo la vida o la seguridad de las personas, la nueva reglamentación permite negar acceso a cualquier información cuya divulgación «pueda, directa o indirectamente, causar daños y perjuicios». Esta redacción ambigua brinda un margen de interpretación amplio que puede ser utilizado de forma discrecional por las autoridades.

Críticas como las expresadas por la dirigente de izquierda Myriam Bregman resaltan el uso de esta reglamentación para evitar el escrutinio público. Bregman denunció que, a pesar de haber solicitado información sobre gastos en operativos policiales, las respuestas fueron denegadas, evidenciando la falta de voluntad del gobierno por ser transparente.

Por si fuera poco, el nuevo decreto también busca disuadir a los solicitantes de información al señalar que se tendrán en cuenta las «solicitudes reiterativas» que generen «un dispendio innecesario de actividad administrativa». Esto podría crear un ambiente hostil para aquellos que buscan ejercer su derecho de acceso a la información, ya que podrían ser clasificados como «abuso» en su ejercicio.

El concepto de «abuso de derecho» se aborda en el artículo 10 del Código Civil y Comercial, que establece que «la ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos», en función de criterios como la buena fe, la moral y las buenas costumbres. Esto implica que la Justicia puede determinar indemnizaciones en casos donde se evidencie un uso indebido de los derechos. Por otro lado, el derecho al acceso a la información pública es un principio fundamental respaldado por tratados internacionales de derechos humanos, y su limitación por decreto ha sido considerada ilegal por la abogada Myriam Bregman. Este derecho es esencial para diversas actividades, ya que permite a periodistas, investigadores, ONGs y otros actores sociales conocer y fiscalizar la gestión pública y el accionar de los funcionarios. Sin embargo, recientes acciones del Gobierno han suscitado preocupaciones sobre intentos de ocultar información oficial relacionada con políticas públicas y derechos, lo que podría perjudicar la transparencia y la rendición de cuentas ante la ciudadanía.

En conclusión, la nueva reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública plantea serias interrogantes sobre la voluntad del Gobierno por garantizar la transparencia y la rendición de cuentas. Las restricciones impuestas, junto con la ampliación de las excepciones, podrían comprometer uno de los pilares fundamentales de la democracia: la posibilidad de que los ciudadanos accedan a la información que les concierne. La vigilancia y la participación ciudadana son más necesarias que nunca en este contexto.

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