Regalo de Navidad: Aumentan los impuestos en la Ciudad
Aprovechando la anestesia política de las fiestas de fin de año, la Legislatura porteña sancionó la Ley Tarifaria y el Código Fiscal. Es decir, un aumento de impuestos, tasas y demás contribuciones; que sirve, entre otras cosas, para sostener y/o aumentar los ingresos de la clase política; compuesta, entre otros sujetos y funcionarios, por los mismos legisladores. De modo que, otra interpretación del asunto es que los muchachos se han hecho el propio regalo navideño. A costillas nuestras, claro. La Ley regirá a partir del primero de enero próximo. Agárrese que aquí van algunos puntos:
– Aumento del 0,8 al 1 % de la alícuota que pagan las operaciones financieras.
– Eliminación del gravamen del 1,5 % de Ingresos Brutos para la compraventa de autos usados, el que fue reemplazado por el cobro del impuesto a los sellos para esas ventas, con el mismo porcentaje.
– Incorporación de un impuesto que deberán pagar quienes generen residuos sólidos urbanos húmedos no reciclables, excepto quienes lo hagan en menor medida que los 1000 litros diarios promedio, en todos los lugares físicos donde se generen: sucursales, boca de expendio, etc. La escala para este impuesto parte de 3000 pesos anuales para la generación de 240 a 480 litros, hasta los 120.000 pesos por año, categoría más alta en la que entrarán los generadores de más de 4000 litros de residuos.
– Incorporación de otro impuesto para los generadores de residuos áridos y afines (escombros y restos de materiales de las obras de construcción), quienes deberán pagar 20 pesos el metro cúbico.
– Incremento de los valores de construcción del metro cuadrado en viviendas suntuosas de 1° y 2° categoría que pasa a valer 3.014 y 2.232 pesos respectivamente.
– Incremento de los montos del curso de educación vial optativo para recuperar la pérdida de puntos en 20 y 30 pesos equiparándose a los valores de mercado.
– exención del impuesto a los sellos a vehículos híbridos originales de fábrica
– exención del impuesto a los sellos a las empresas alcanzadas en los términos de la Ley Nacional N° 15.336 y 24.065 que realizan operaciones de venta en el mercado eléctrico mayorista (MEM).
– Incorporación del inciso 19 bis del Artículo 62 para reducir del 15% al 3% la alícuota de Ingresos Brutos a las salas de juegos electrónicos infantiles.