Responsabilidad empresarial y Nunca Más
por Victoria Basualdo*
Hace ya 15 años, el trabajo «Complicidad patronal-militar en la última dictadura argentina», publicado por la CTA y distribuido por todo el país, destacaba la importancia del análisis y la judicialización de la participación empresarial en la represión a trabajadores/as y sindicalistas, con foco en los casos de Acindar, Astarsa, Dálmine-Siderca, Ford, Ledesma, y Mercedes-Benz. En ese año 2006, los juicios por delitos de lesa humanidad se reactivaban en todo el país y ya entonces quedaba clara la necesidad de motorizar, no sólo la judicialización de las responsabilidades de las fuerzas armadas y de seguridad, sino también una línea de investigación y trabajo sobre la participación directa de empresas y empresarios en la represión. Lejos de ser un tema nuevo, tenía en cambio profundas raíces tanto en testimonios, documentos y avances producidos a lo largo del Proceso de Memoria, Verdad y Justicia, como en una valiosa producción académica.
Organismos y víctimas, junto a diversos sectores políticos, sindicales, profesionales y académicos, y articulando con equipos estatales siempre que fue posible, dieron batalla contra numerosos obstáculos. Un paso fundamental fue la publicación en diciembre de 2015 del informe «Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad: represión a trabajadores durante el terrorismo de estado», elaborado por un equipo interdisciplinario de la Secretaría de Derechos Humanos, el Programa Verdad y Justicia, el Área de Economía y Tecnología de Flacso y el Centro de Estudios Legales y Sociales, que analizó la vinculación con el proceso represivo de 25 grandes empresas de un amplio arco de actividades económicas y seis regiones del país, proveyendo material documental clave a las causas judiciales. A fines de 2015, la aprobación de una Comisión Bicameral sobre las responsabilidades económicas pareció anunciar una profundización del análisis, pero la asunción de Mauricio Macri estableció un drástico viraje regresivo en el papel del Estado en derechos humanos, como en tantas otras áreas.
Aún en ese contexto crítico, en la causa «Ford» el tribunal condenó en 2018 a Santiago Omar Riveros y a los altos funcionarios de Ford Pedro Müller y Héctor Sibilla por su participación en las violaciones a los derechos humanos cometidas contra 24 trabajadores y delegados de Ford Motor Argentina, entre 1976 y 1977, estableciendo que funcionó, en el quincho dentro de la empresa, un centro clandestino de detención donde los trabajadores estuvieron cautivos en calidad de desaparecidos. Sin embargo, el logro de esta sentencia histórica, que resonó en medios de todo el mundo y que aún espera confirmación por parte de la Cámara de Casación, coexiste con una inmensa cantidad de trabas y bloqueos en distintas etapas procesales, en causas que convierten a la Argentina en un caso clave para el eje crucial de empresas y derechos humanos. Desde 2020 la SDHN, reivindicando esta larga lucha y en el marco de un nuevo punto de inflexión en las políticas de derechos humanos desde fines de 2019, marcó como prioritario el avance de estas causas y promovió el trabajo articulado de las querellas con una Unidad especial de investigación, en una iniciativa que convoca e invita a expandir y multiplicar el esfuerzo desde todas las instancias posibles. Para que a 45 años del golpe podamos sostener el Nunca Más al terrorismo de estado, urge hacer justicia por estos crímenes de extrema gravedad que no sólo tuvieron impactos brutales en los/as trabajadores/as y sus familias y comunidades, sino también consecuencias profundas para el conjunto de la sociedad que se extienden hasta hoy.
*Historiadora, investigadora del Conicet, de Flacso y de la Unidad especial de investigación sobre delitos de lesa humanidad con motivación económica de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.