
Época de otorgamiento de las vacaciones
por Mirta Pracanina Conforme la Ley de Contrato de Trabajo el empleador debe otorgar las vacaciones, de cada año, dentro del período comprendido entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente. El empleador debe comunicar a los trabajadores por escrito con una anticipación no menor de 45 días.

Zoom Histórico: La Pizzería Roma
PARTE III Lavalle 888 (entre Suipacha y Esmeralda) por Gabriel Luna Desde la guerra, el horror, y la política, a la fiesta y al espectáculo: al teatro, la varieté, al cabaret, la milonga, el café, y al fenómeno social del cine pasando por la mozzarella, el moscato, y la fainá

“Un triunfo que sienta precedentes”
Tras conocerse el fallo de la Justicia neuquina que devolvió la empresa a Fábrica Sin Patrones (Fasinpat), el presidente de la Cooperativa de Trabajo Bauen Hotel, Federico Tonarelli, analizó los alcances del fallo a favor de la empresa de cerámicas y sus implicancias en el resto de las fábricas recuperadas.

Licencia por vacaciones
por Mirta Pracanina Conforme la Ley de Contrato de Trabajo, el período mínimo remunerado en concepto de licencia ordinaria o vacaciones, computando la antigüedad del trabajador al 31 de diciembre, es el siguiente: